FASE 2 - Solicitud Inscripción en la actividad "Disfruta el Verano 2026"
SERÁ OBLIGATORIA LA PRESENTACIÓN DE LA FASE 2 CON TODA LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA OPTAR A PLAZA.
El programa “Disfruta el verano 2026” es una actividad dirigida a niños y niñas empadronados en Pilar de la Horadada de entre 3 y 12 años de edad que favorece un espacio de actividades lúdicas, deportivas, culturales y sociales durante los meses de julio y agosto facilitando al mismo tiempo el cuidado y la atención de los menores en este periodo no lectivo, y siendo un apoyo específico de las necesidades de conciliación de las familias con menores de edad a cargo.
Este año el programa “Disfruta el verano 2026” oferta 300 plazas para la actividad, 180 plazas de comedor y 80 plazas de actividad ampliada denominada “Madrugadores” para cada mes, julio y agosto.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Las solicitudes se tramitarán en la página web del Ayuntamiento de Pilar de la Horadada (http://www.pilardelahoradada.org/) y se presentarán junto a la documentación requerida, telemáticamente o presencialmente en el CAMME o en el Registro General del Ayuntamiento de Pilar de la Horadada, o por cualquier medio de los establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En cuanto a la solicitud se tendrá en cuenta que:
Se presentará una única solicitud por niño/a, en la que deberá indicar los meses de solicitud de la actividad (julio y/o agosto) y, unido a esto; el tipo de actividad complementaria que precisa (actividad ampliada “madrugadores” y/o comedor).
La solicitud deberá ir firmada por ambos progenitores/as, tutores/as o representantes legales excepto documentación acreditativa de la imposibilidad de realizarlo (familia monoparental, pérdida de la patria potestad por sentencia judicial, viudedad, sentencia de guarda-custodia del/la menor objeto de la solicitud, entre otros).
Podrán presentar plaza los/as progenitores/as, tutores/as o representantes legales de los/as niños/as cuya fecha de nacimiento esté comprendida entre el 01/01/2014 hasta el 31/12/2022.
Educación
LISTA PROVISIONAL DE ADMITIDOS, EN ESPERA Y EXCLUIDOS
El 30 de abril de 2026, a través de la página web municipal (www.pilardelahoradada.org).
PERIODO DE RECLAMACIONES
Del 30 de abril al 8 de mayo de 2026 es el periodo en que los solicitantes pueden realizar cualquier reclamación, de forma telemática o presencial en el CAMME o en el Registro General del Ayuntamiento de Pilar de la Horadada, no admitiéndose reclamaciones fuera de dicho plazo establecido.
LISTAS DEFINITIVAS DE ADMITIDOS, EN ESPERA Y EXCLUIDOS
El 22 de mayo de 2026 se hará pública la lista definitiva de los admitidos, en espera y excluidos.
PAGO DEL PRECIO PÚBLICO DE ADMITIDOS
Del 25 de mayo al 3 de junio de 2026, las solicitudes admitidas deberán completar el trámite con el pago del precio público correspondiente. La no formalización del pago en el periodo establecido, conllevará la pérdida de la plaza, procediendo a su sustitución de la lista de espera establecida.
NOTA: El programa “Disfruta el verano 2026” queda regulado por el Acuerdo Regulador el precio público por la prestación de servicios y la realización de actividades organizados por el Ayuntamiento, publicado en el BOP n.º 108, de fecha 09/06/2025.
Actividad ampliada “Madrugadores” de
07:30 a 09:00 h.
Servicio de actividad
de 09:00 a 14:00 h.
Servicio de comedor
de 14:00 a 15:00 h.
Actividad completa
Julio
19,00 €
70,00 €
120,00 €
209,00 €
Agosto
60,00 €
100,00 €
179,00 €
* Excepto bonificaciones y/o exenciones contempladas en dicho Acuerdo Regulador.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado por ambos progenitores o, tutores/as o representantes legales, excepto en aquellos casos en los que exista imposibilidad de realizarlo y se tendrá que acreditar.
Copia menor con DNI o en el caso de menor sin DNI, copia libro de familia o partida de nacimiento.
Tarjeta sanitaria del niño/a.
Copia de la declaración de la Renta 2024 de ambos progenitores (con el DOCUMENTO DE INGRESO O DEVOLUCIÓN- última página- ES SUFICIENTE) o, en el caso de no tener obligación de hacer la Declaración de la Renta, aportar certificado negativo de Renta. https://sede.agenciatributaria.gob.es/
En el caso de alumnos/as con enfermedad o necesidades educativas de apoyo específico, aportar informes médicos o psicopedagógicos que acrediten:
- Medicación habitual por enfermedades.
- Alergias.
- Intolerancias alimentarias.
- Necesidades educativas especiales o de apoyo específico, si existen o se está valorando (Informe del Equipo de Orientación Educativa y psicopedagógico).
- Reconocimiento del grado de discapacidad.
- Cualquier dato médico relevante.
Se podrá presentar además, en aquellos casos que se quiera acreditar alguno/os del resto de criterios a valorar, la siguiente documentación:En el caso de mujeres víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer se deberá presentar la Resolución judicial o Autorización administrativa.
En el caso de personas con discapacidad en la unidad familiar. Se acreditará mediante certificación acreditativa de padecer una discapacidad en grado igual o superior al 33 %, expedido por la administración competente para su reconocimiento legal.
En el caso de unidades familiares en las que existan otras responsabilidades relacionadas con los cuidados familiares o personas dependientes a su cargo. Tal circunstancia se acreditará documentalmente.
En el caso de personas en riesgo de exclusión social, se acreditará mediante informe de servicios sociales.
En el caso de personas solicitantes de asilo internacional o con estatuto de refugiado/a. Se acreditará mediante solicitud de asilo o Resolución judicial de la condición de refugiado.
En el caso de familias numerosas acreditar mediante el Título de Familia numerosa.
Los/as progenitores/as o tutores/as legales de menores con necesidades educativas específicas tienen la OBLIGACIÓN de informar al Ayuntamiento de Pilar de la Horadada.
Esta circunstancia se tendrá en cuenta antes de integrar a los niños/as, en función de los recursos existentes y las características concretas del menor de edad, con el fin último de velar por el cuidado y atención especializada del menor de edad dentro de la actividad. (NOTA: La no información de esta situación, implicará la exclusión del menor de edad en el proceso de solicitudes. En el caso de que se detecte que no se ha informado de la situación de la/el menor una vez iniciada la actividad, podrá derivar a la no participación en el programa).
Para poder acceder al Proceso de Admisión del Programa “Disfruta el verano 2026” se debe entregar toda la documentación. La valoración de todos los apartados dependerá de la documentación que se presente; por ello, cada solicitud deberá justificar todos los datos marcados. En el caso de que no se disponga de datos o se presente inexactitudes, no se valorarán.
La omisión o falsedad de los datos que se hagan constar en la solicitud, o la falsedad de los documentos presentados, será causa de anulación de dicha solicitud.
En caso de alguna variación en datos de localización de los miembros de la unidad familiar (teléfono, dirección, correo electrónico) que se aporta con la solicitud de plaza, será responsabilidad del interesado su comunicación por registro de entrada al Ayuntamiento de Pilar de la Horadada.
CRITERIOS PARA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS
Del total de las plazas existentes, se tendrán en cuenta los siguientes criterios de adjudicación:
Los criterios serán aplicables si existen más solicitudes que plazas ofertadas.
Atendiendo a lo dispuesto en el Decreto 120/2025, de 26 de agosto, del Consell, publicado el 28 de agosto de 2025 en el DOGV, deberá considerarse como criterio preferente el nivel de renta de las persona que soliciten la participación en las escuelas de verano.
Una vez comprobado el criterio preferente de renta, las actuaciones deberán dirigirse con carácter prioritario a la atención de:
- Familias monoparentales.
- Mujeres víctimas de violencia de género y de otras formas de violencia contra las mujeres.
- Personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%.
- Personas en riesgo de exclusión social..
- Personas solicitantes de asilo internacional o con estatuto de refugiado/a.
- Unidades familiares en las que existan otras responsabilidades relacionadas con los cuidados familiares o personas dependientes a su cargo.
Siempre que de manera prioritaria se cumplan el criterio de renta y los grupos prioritarios de familias arriba señalados, se podrán añadir otros tipos de familias (familias numerosas y unidades familiares en las que trabajan ambos/as progenitores/as).
Una vez cubiertas las plazas por criterio de renta y de tipos de familias prioritarias, las plazas vacantes podrán asignarse al resto de familias que hayan presentado la solicitud.
Información actividad - Disfruta el verano 2026
Manual de ayuda a la tramitación